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Pasaporte
 

Verificar si aun tiene validez o si esta por vencer próximamente y si tiene espacio necesario para el visado de entrada al país.

Si el pasaporte esta por caducar dentro de los próximos tres o cuatro meses, conviene renovarlo.

Qué documentación se debe presentar. Requisitos
Requisitos generales:
1.- Documento Nacional de Identidad (DNI) o Libreta Cívica (LC) o Libreta de Enrolamiento (LE), en perfecto estado de conservación, sin tachaduras ni enmiendas (Ley 17.671 y sus modificaciones).
2.- Partida, Acta o Certificado de Nacimiento (no es necesario tener actualizada dicha partida) o, supletoriamente, Libreta de Matrimonio de progenitores donde conste el nacimiento.
3.- Documento que acredite estado civil actual.
-Casado:Libreta o Certificado de Matrimonio.
-Viudo: Certificado de Defunción o en su defecto, Libreta de Matrimonio con la anotación de la defunción.
-Separado: Certificado de Matrimonio con la anotación marginal de separación personal o en su defecto, testimonio de la sentencia separación personal.
-Divorciado: Certificado de Matrimonio con la anotación marginal de divorcio vincular o en su defecto, testimonio de la sentencia de divorcio vincular.
RECUERDE: el estado civil soltero no debe acreditarse.
4.- Formulario de Solicitud de Pasaporte/Cédula/Certificados. Puede obtenerlo en:
Las delegaciones de Policía Federal. (formulario de pasaporte)

RENOVACION DE PASAPORTE
Deberá cumplimentar los requisitos generales, exceptuando la partida o certificado de nacimiento. En caso de poseer Pasaporte anterior, deberá presentarlo, o en su defecto, tendrá que declarar la circunstancia del extravío en el formulario solicitud.

Casos puntuales:
Argentino menor no emancipado(de 0 a 21 años)
Deberá cumplimentar los requisitos generales y, en caso de padres casados, puede asistir solo uno de ellos a acompañar al menor, con la Libreta o Certificado de Matrimonio; en caso de padres solteros, separados o divorciados, de asistir uno de ellos deberá presentar la autorización del otro, otorgada por Escribano Público; si el padre que acompaña al menor es viudo o se desconoce su paradero, deberá presentar el Certificado de Defunción o la autorización judicial, respectivamente; si ambos padres fallecieron o se encuentran ausentes, se deberá presentar la autorización en último término mencionada.
Nota: el menor que asista sólo, deberá presentar la autorización otorgada por Escribano Público.

Argentino menor emancipado
Deberá cumplimentar los requisitos generales y acreditar emancipación.

Argentino naturalizado o por opción
Requisitos generales y se deberá aportar copia de la Carta de Ciudadanía debidamente certificada por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER), consultar en la siguiente página: www.renaper.gov.ar. En caso de argentino por opción, deberá presentarse copia certificada de la resolución de la opción expedida por dicho organismo.

Argentino residente en el exterior
Requisitos generales, y, además deberá acreditarse: ingreso al país inferior a tres meses (mediante sello de ingreso estampado en pasaporte o en su defecto, ficha de ingreso al país expedida por autoridad migratoria) y residencia en el exterior, mediante documentación vigente, según el país de que se trate (por ejemplo, licencia de conducir).

IMPORTANTE:
A partir de la entrada en vigencia del Decreto 203/2005 203/2005, publicado en el B.O. el 15/03/2005 los pasaportes consulares no caducan al ingresar su titular al país.

Extranjero
Deberá cumplimentar los requisitos generales, acompañando los documentos legalizados por la Embajada o representación consular argentina en el país correspondiente. De tratarse de países de habla no hispana, la documentación debe estar traducida.

Sólo podrá obtener Pasaporte MERCOSUR en los siguientes casos:
En caso que la solicitud corresponda a un menor extranjero, hijo de ciudadano argentino, sólo se le extenderá Pasaporte hasta el momento que opte por una ciudadanía (18 años de edad).
Si se trata de extranjera, esposa o viuda de ciudadano argentino, se extenderá pasaporte sólo en caso que nunca haya hecho uso del pasaporte de su nacionalidad, y deberá, además, acreditar consentimiento del cónyuge o en su defecto, aportar datos de enrolamiento del mismo (viuda).

NOTA: Los ciudadanos extranjeros solo podrán obtener Pasaporte MERCOSUR en los casos anteriormente mencionados. Existen Pasaportes Especiales para extranjeros en casos puntuales: apátridas y refugiados, o ciudadanos que no poseen representación diplomática. Para mayor información, consultar en la página de la Policía Federal Argentina: www.policiafederal.gov.ar

NOTA: La traducción deberá realizarse por un traductor público nacional, legalizándose en el Colegio de Traductores Público , sito en Av. Corrientes 1834, C1022AAC, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La traducción original quedará en la Policía Federal. Consultar en la siguiente dirección: www.traductores.org.ar

RECUERDE: de toda la documentación solicitada, deberá presentar original y fotocopia".

Cómo se hace:
1.- Solicitar el pasaporte en el Centro de Documentación la Policía Federal Argentina sito en la calle Azopardo 620, Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en una delegación del interior del país. Puede consultar las delegaciones aquí

NOTA: Al momento de finalizar el trámite se le entregará un comprobante, que deberá conservar para recibir o retirar el documento.

2.- Recibir el Pasaporte en el domicilio denunciado en la planilla solicitud o retirar el mismo en el Centro de Documentación, en la Ventanilla de Entrega de Documentos sita en Azopardo 650, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 8:00 a 20:00, de Lunes a Viernes y de 8:00 a 13:00, los días Sábados.
EL retiro de la documentación es personal. Si concurre un tercero, debe presentar la correspondiente autorización realizada por Escribano Público; en caso que retire familiar directo, éste deberá presentar el documento que acredite el vínculo: madre/padre: partida de nacimiento o libreta de matrimonio donde se encuentre inscripto el nacimiento; hermano, D.N.I.; cónyuge, libreta o certificado de matrimonio.
Cuánto vale: Pasaporte $130.-
Quién puede/debe efectuarlo: Personalmente, no se admite la intervención de terceros o gestores.
Qué vigencia tiene el documento tramitado: El pasaporte tiene una vigencia de 5 años.
Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo: Debería asistir UNA vez: 1.- Solicitar el Pasaporte.
El mismo será enviado al domicilio declarado.

NOTA: Si ejerce la opción de retirar el documento, debería concurrir DOS veces.
Períodos de menor concurrencia: Existe una mayor demanda en los periodos de vacaciones de invierno y de verano.
De qué organismo depende: Policía Federal Argentina, Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
Tiempo desde la solicitud hasta la entrega: Una vez aprobado el trámite, no mediando inconvenientes de orden legal o técnico administrativo, podrá consultar el estado de su trámite para la entrega a partir de los 30 días hábiles, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de inicio del trámite.
Delegaciones en las cuales realizar el trámite:
Centro de Documentación de la Policía Federal Argentina (1)
Delegaciones de la Policía Federal Argentina en el interior del país (2)

 

 
 
 
 
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